A- de 2017
Ponente Cristina Pardo Schlesinger
✓Demandante Nora Nelsi Mendoza Cardenas·Demandado Defensoria Del Pueblo Regional Boyaca
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Se remite el expediente al despacho judicial que en primer lugar conoció el asunto
- Competencia a prevención del lugar donde ocurrió la violación o donde tiene efectos
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Conflicto de competencia suscitado entre el Juzgado Segundo Penal Municipal con Función de Conocimiento del Sistema Penal Acusatorio de Tunja y el Juzgado Segundo Promiscuo Municipal de Villa de Leyva.
La Corte considera que el despacho judicial de la ciudad de Tunja, al tomar las reglas de competencia contenidas en el Decreto 2591 de 1991 para declararse incompetente y no efectuar un pronunciamiento de fondo, a pesar de que dichas normas le atribuían competencia a prevención para conocer, contrarió la finalidad de la acción de tutela y la garantía efectiva de los derechos fundamentales, en la que priman los derechos inalienables de las personas y los principios de informalidad, sumariedad y celeridad.
Se dirime el asunto con la remisión del expediente al precitado juzgado, para que de manera inmediata y sin dilaciones profiera la decisión de fondo a que haya lugar.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (6 puntos)
- Primero. DEJAR SIN EFECTOS el auto del catorce (14) de marzo de dos mil diecisiete (2017), proferido por el Juzgado
- Segundo. Penal Municipal con Función de Conocimiento Sistema Penal Acusatorio de Tunja, dentro del trámite de acción de tutela formulada por Nora Nelsi Mendoza Cárdenas a través del Defensor Público del Programa Administrativo de la Defensoría del Pueblo Regional Boyacá, contra el Fondo de Pensiones Protección S.A.
- Segundo. REMITIR el expediente ICC-2914 al Juzgado
- Segundo. Penal Municipal con Función de Conocimiento Sistema Penal Acusatorio de Tunja, para que de manera inmediata y sin dilaciones profiera la decisión de fondo a que haya lugar.
- Tercero. ORDENAR que, por Secretaría General, se comunique la decisión adoptada en esta providencia a las partes y al Juzgado
- Segundo. Promiscuo Municipal de Villa de Leyva- Boyacá.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.